LA PRESIDENTA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE TIERRA DEL FUEGO DEFIENDE EL FALLO QUE VALIDA LA REFORMA CONSTITUCIONAL PROVINCIAL

RIO GRANDE.- La presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Tierra del Fuego, María del Carmen Battaini, explicó en Radio Fueguina los fundamentos del fallo que rechazó las demandas presentadas contra la reforma constitucional provincial. Tras un análisis de un año, el Tribunal confirmó la validez de la ley 1529 y del decreto que convocó a elecciones para convencionales constituyentes, marcando un precedente relevante en el ámbito institucional.
Battaini detalló que el proceso judicial se inició con impugnaciones de legisladores y abogados que cuestionaron el cumplimiento de plazos y procedimientos. «Se dictó una medida cautelar provisional mientras se evaluaban los hechos de fondo», explicó. Un elemento clave en la resolución fue la información aportada por una causa penal vinculada, que permitió avanzar en la investigación.
Uno de los puntos centrales fue la interpretación del plazo de 210 días para la convocatoria electoral. El conteo de días se realizó conforme a lo establecido por la ley y considerando la fecha de emisión del decreto, encontrándose dentro del plazo legal, afirmó la magistrada.
En cuanto a la facultad del Poder Ejecutivo para asignar partidas presupuestarias, Battaini fue clara: La ley establece que esta competencia es exclusiva y discrecional del Ejecutivo, sin intervención de la Legislatura ni del Poder Judicial.
Además, la presidenta del STJ se refirió a las recusaciones que demoraron el proceso, incluida la contra el juez Ernesto Löffler. Sobre su propia recusación, indicó: Fue rechazada, ya que mi rol no implica intereses contrapuestos, sino el impulso del proceso judicial. Respecto a un eventual recurso ante la Corte Suprema, Battaini se mostró cautelosa: Siempre existe la posibilidad de recurrir, pero no puedo anticipar el resultado.
Finalmente, reafirmó la neutralidad del fallo: El Tribunal no está a favor o en contra de la reforma; su función es garantizar la constitucionalidad. Con este respaldo judicial, la reforma constitucional queda formalmente habilitada, aunque su implementación dependerá de las acciones futuras de los demás poderes del Estado.