JUSTICIA FEDERAL SUSPENDIÓ EL INGRESO DE CARNE CON HUESO A TIERRA DEL FUEGO POR 30 DÍAS

PROVINCIAL.- La Justicia Federal de Tierra del Fuego hizo lugar a un planteo de la Asociación Rural de la provincia y resolvió suspender por 30 días la resolución 460/2025 del Senasa, que había habilitado el ingreso de carne con hueso plano (como el asado) desde zonas con vacunación contra la fiebre aftosa hacia la Patagonia, reconocida como libre de la enfermedad sin vacunación.

El fallo, firmado por la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, tiene aplicación exclusiva en el territorio fueguino, según aclararon fuentes cercanas a la magistrada.  La medida fue celebrada por los productores locales, en un contexto en el que autoridades sanitarias de Chile visitan Río Negro para evaluar la seguridad de la barrera zoofitosanitaria al sur del río Colorado. Esa inspección es clave para definir si se habilita o no la comercialización con el país trasandino, tras la puesta en marcha de la resolución del Senasa.

Borruto advirtió que la norma impugnada podría generar un “perjuicio grave e inmediato”, al habilitar el tránsito de productos cárnicos con hueso desde regiones con vacunación contra la fiebre aftosa hacia una zona que, tras décadas de trabajo, logró un estatus sanitario diferencial. Según fundamentó, este reconocimiento no solo sostiene la competitividad exportadora de la Patagonia, sino que también garantiza la trazabilidad, la inocuidad alimentaria y la sustentabilidad ambiental de su producción ganadera.

La resolución 460/2025, vigente desde junio, ya provocó la suspensión del reconocimiento sanitario por parte de Chile. Además, la Unión Europea principal destino de la carne ovina patagónica analiza una auditoría de seguimiento, lo que genera temor entre productores por un eventual cierre de mercados estratégicos y la pérdida de certificaciones.

Aunque la decisión judicial no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la validez de la norma, sí fija un límite temporal ante un riesgo que podría alterar el equilibrio sanitario y económico de la región. Productores interpretaron que el fallo tenía alcance general para toda la Patagonia, aunque desde el juzgado aclararon que su efecto se restringe únicamente a Tierra del Fuego.

En su resolución, la jueza subrayó que el estatus sanitario de la Patagonia es un “activo estratégico” para la economía nacional y regional, cuya degradación representaría un daño irreparable no solo para productores y trabajadores rurales, sino también para consumidores, que verían afectado su derecho a acceder a alimentos seguros y trazables.

“La medida trae consecuencias para todos los eslabones del comercio, con una baja en el mercado cárnico que impacta directamente en productores, comerciantes y pone en riesgo puestos de trabajo rurales”, advirtió Borruto, y agregó que los perjuicios económicos y sociales derivados “son de difícil o imposible reparación ulterior”.